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Puede pedir que le devuelvan los gastos de notaría, gestoría y de tasación.

Según la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015, ha de pagar quien tiene la necesidad de elevar a público el documento de préstamo, y es quien se ha de hacer cargo de los honorarios del notario. Por tanto, el banco es quien tiene un interés por elevar el documento, y es quien debería abonar dicha minuta, por lo cual, el consumidor puede pedir los gastos de notario, gestoría y de tasación, ya que es el banco el principal interesado, ya que necesita que haya un documento que acredite que hay un deudor y una acreedora.

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