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DELITO DE AGRESIÓN SEXUAL. INTIMIDACIÓN.

La amenaza de difundir en Internet un vídeo de contenido sexual con el fin de forzar una relación sexual constituye la intimidación que requiere el delito de agresión sexual, pues la víctima se ve compelida a realizar un acto no querido por el temor a la propagación de las imágenes. Del relato fáctico surge el empleo de un acto intimidatorio capaz de ser el elemento que permite la realización del acto contra la libertad sexual. STS nº 432/2018 Penal 28/09/2018

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