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GUARDIA Y CUSTODIA COMPARTIDA

TIEMPOS NO IGUALITARIOS

Se admite que la custodia compartida pueda consistir en un reparto no igualitario de tiempos de convivencia con los hijos en común debido a los peculiares horarios laborales de los progenitores. Se acuerda que no procede la adjudicación indefinida de la vivienda a ninguno de los progenitores, al ostentar ambos la custodia compartida, por lo que atendiendo al interés más necesitado de protección, y se acuerda que la vivienda la pueda seguir utilizando el padre, durante dos años, período tras el cual deberá abandonarla, quedando sometida la que fue vivienda familiar al proceso de disolución y liquidación de la sociedad de gananciales.

CONTRATOS DE TRANSPORTE AÉREO DE PASAJEROS

CLÁUSULAS GENERALES ABUSIVAS NULIDAD

Se declara la nulidad de varias condiciones generales utilizadas por Iberia en sus contratos de transporte aéreo de pasajeros. En primer lugar, se anula la cláusula que facultaba a la empresa para modificar las condiciones del transporte contratado “en caso de necesidad” al considerar que dicha expresión es excesivamente genérica e imprecisa. En segundo lugar, se confirma la nulidad de la cláusula que exime a la compañía de responsabilidad en caso de pérdida de un enlace. Por último, se analiza la cláusula conocida como ‘no show’, que autorizaba a Iberia a cancelar trayectos adquiridos en caso de no utilización de alguno de ellos.

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