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La Mediación la gran desconocida

Tendríamos que empezar por preguntarnos que es la mediación, en que consiste, quien la puede realizar, para que casos es competente. Y, sobre todo, nos deberíamos preguntar qué es lo que conocemos exactamente como mediación y que es para nosotros un mediador.

Estas y más preguntas nos pueden surgir, cuando pensamos o nos hablan de la Mediación. Le invito a que nos llame o nos envie un correo y nos pida información de ella. Con mucho gusto les informaremos de todo lo que concierne a la Mediación, y ya no será más una desconocida sino una gran herramienta, que podemos útilizar para resolver nuestros problemas de manera pacifica y sobretodo beneficiosa para las partes que están implicadas, y no quieren acabar en un juzgado.

GUARDIA Y CUSTODIA COMPARTIDA

TIEMPOS NO IGUALITARIOS

Se admite que la custodia compartida pueda consistir en un reparto no igualitario de tiempos de convivencia con los hijos en común debido a los peculiares horarios laborales de los progenitores. Se acuerda que no procede la adjudicación indefinida de la vivienda a ninguno de los progenitores, al ostentar ambos la custodia compartida, por lo que atendiendo al interés más necesitado de protección, y se acuerda que la vivienda la pueda seguir utilizando el padre, durante dos años, período tras el cual deberá abandonarla, quedando sometida la que fue vivienda familiar al proceso de disolución y liquidación de la sociedad de gananciales.

CONTRATOS DE TRANSPORTE AÉREO DE PASAJEROS

CLÁUSULAS GENERALES ABUSIVAS NULIDAD

Se declara la nulidad de varias condiciones generales utilizadas por Iberia en sus contratos de transporte aéreo de pasajeros. En primer lugar, se anula la cláusula que facultaba a la empresa para modificar las condiciones del transporte contratado “en caso de necesidad” al considerar que dicha expresión es excesivamente genérica e imprecisa. En segundo lugar, se confirma la nulidad de la cláusula que exime a la compañía de responsabilidad en caso de pérdida de un enlace. Por último, se analiza la cláusula conocida como ‘no show’, que autorizaba a Iberia a cancelar trayectos adquiridos en caso de no utilización de alguno de ellos.

El TS ha dictaminado que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio

El TS ha resuelto que la entrada de una tercera persona en la vivienda familiar extingue el derecho de uso de la misma por parte del progenitor custodio en el momento en que se proceda a la liquidación de la sociedad de gananciales, ya que supone que se pierda la antigua naturaleza de vivienda familiar al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

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