603 849 847

CONTRATOS DE TRANSPORTE AÉREO DE PASAJEROS

CLÁUSULAS GENERALES ABUSIVAS NULIDAD

Se declara la nulidad de varias condiciones generales utilizadas por Iberia en sus contratos de transporte aéreo de pasajeros. En primer lugar, se anula la cláusula que facultaba a la empresa para modificar las condiciones del transporte contratado “en caso de necesidad” al considerar que dicha expresión es excesivamente genérica e imprecisa. En segundo lugar, se confirma la nulidad de la cláusula que exime a la compañía de responsabilidad en caso de pérdida de un enlace. Por último, se analiza la cláusula conocida como ‘no show’, que autorizaba a Iberia a cancelar trayectos adquiridos en caso de no utilización de alguno de ellos.

El TS ha dictaminado que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio

El TS ha resuelto que la entrada de una tercera persona en la vivienda familiar extingue el derecho de uso de la misma por parte del progenitor custodio en el momento en que se proceda a la liquidación de la sociedad de gananciales, ya que supone que se pierda la antigua naturaleza de vivienda familiar al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

Embargo del salario

¿Qué ocurre con las Pagas extraordinarias?

Los límites de embargabilidad del artículo 607 de la LEC deben aplicarse a la totalidad de las percepciones mensuales acumuladas, así, en el caso de que el trabajador perciba además del salario ordinario una paga extraordinaria, los límites de embargabilidad se aplicarán de forma única, sobre la suma del salario mensual ordinario más el salario correspondiente a la gratificación extraordinaria.

 

OCUPACIÓN ILEGAL DE VIVIENDA

TRIBUTACIÓN IRPF

En el supuesto de un inmueble vacío que es ocupado ilegalmente por terceros en contra de la voluntad del propietario, habiéndose iniciado un procedimiento de desahucio por el propietario del inmueble, opera la exclusión del régimen de imputación de rentas inmobiliarias previsto en el art. 85.1 LIRPF desde el momento en que inició dicho procedimiento y sin necesidad de esperar a su resolución.

CLÁUSULAS ABUSIVAS

INTERESES DE DEMORA

Una cláusula no negociada de un contrato de préstamo celebrado con un consumidor que establece el tipo de interés de demora aplicable, es abusiva por imponer al consumidor en mora el pago una indemnización de una cuantía desproporcionadamente alta, cuando tal cuantía suponga un incremento de más de dos puntos porcentuales respecto del interés remuneratorio pactado en el contrato.

No debemos firmar sin saber lo que estamos firmando, se debe consultar siempre antes a un abogado

JUBILACIÓN ANTICIPADA

COMPLEMENTO DE MATERNIDAD

No resulta arbitrario ni irracional excluir del complemento de maternidad a aquellas madres de dos o más hijos que, al acceder voluntariamente a la jubilación anticipada, opten por acortar su período de cotización. La vía del art. 207 TRLGSS responde a supuestos de hecho tasados, ajenos a la voluntad del trabajador, claramente diferenciados de los que dan derecho a la jubilación del art. 208.

DELITO DE AGRESIÓN SEXUAL.

DELITO DE AGRESIÓN SEXUAL. INTIMIDACIÓN.

La amenaza de difundir en Internet un vídeo de contenido sexual con el fin de forzar una relación sexual constituye la intimidación que requiere el delito de agresión sexual, pues la víctima se ve compelida a realizar un acto no querido por el temor a la propagación de las imágenes. Del relato fáctico surge el empleo de un acto intimidatorio capaz de ser el elemento que permite la realización del acto contra la libertad sexual. STS nº 432/2018 Penal 28/09/2018

¿Tiene una propiedad y quiere alquilarla?

 ¿No sabe que es lo que tiene que hacer y cómo hacerlo?, nosotros le asesoramos sin ningún compromiso.

Primero debe contratar a un profesional jurista para que éste le redacte un contrato de alquiler en el cual su propiedad este asegurada y pueda estar tranquilo/a.

Saber cuales son sus derechos y obligaciones, está estipulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos, todo se puede prever y todo se puede solucionar a tiempo, con la elaboración por profesionales juristas de un contrato de alquiler, en el cual se le asesorará en todo momento de los pasos que debe seguir y como realizarlos.

Además, tendrá un equipo que le tramitará y le acompañará en todo momento, si se tuviera que tramitar el desalojo de sus inquilinos.

Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre

Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

El Real decreto-ley modifica los artículos 29 y 45 del Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre. Se modifica el artículo 29 para determinar que el sujeto pasivo, cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, será el prestamista, estableciendo así una excepción a la regla general establecida en el párrafo primero del propio artículo 29. También se modifica el artículo 45 para que aquellos supuestos en los que el prestatario venga gozando de una exención subjetiva sigan quedando exceptuados de gravamen sin que se vean afectados por la reforma del artículo 29. Asimismo, en tanto no se revise con carácter general el régimen jurídico del Impuesto sobre Sociedades, se añade una Disposición Final Primera que realiza ajustes en dicho impuesto vinculados a lo regulado en este real decreto-ley.

Finalmente, cabe señalar que la modificación normativa se aplicará a aquellos hechos imponibles que se devenguen en adelante, es decir, a las escrituras públicas que se formalicen a partir de la entrada en vigor de la norma.

 

¿Tienes dudas con tu contrato de trabajo? Consúltanos

Nuestro equipo de profesionales, contestará a tus preguntas.

Siempre tenemos preguntas, ¿tengo derecho a vacaciones? ¿podría pedir una reducción de jornada? ¿estoy embarazada, me pueden despedir?… estas y todas las dudas que tengas, nosotros te las resolveremos, llámanos o envíanos un mail, y te responderemos en 24 horas.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de sus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad